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Consultas Frecuentes

Consultas habituales

Esta es una recopilación de alguna de las dudas más frecuentes que se nos han planteado en la Asociación.


01/01/2007
 

1. ¿Qué debe hacer el consejero después de ser contratado por una empresa?

En primer lugar informar a la empresa que debe remitir, tanto a l órgano competente de la comunidad Autónoma donde la empresa tenga el domicilio fiscal el  nombramiento como consejero indicando sus datos, los de la empresa y los centros de trabajo donde actuará.
Deberá indicarse también el tipo de actividad (carga/descarga/transporte) para la que se nomina como consejero.
Es importante indicar el nº de trabajadores implicados en las operaciones de transporte con mercancias peligrosas y el valor de seguridad de la empresa (RD 97/2014, de 14 de febrero)
Modelo de comunicacion
Direcciones de envío

2. ¿Cuándo debo renovar el título de consejero?

Deberá renovarse durante el año anterior a su caducidad.  Si caduca el 30/03/2006 deberá presentarse a uno de los exámenes de renovación en su Comunidad que se celebre entre el 30/03/2005 y el 30/03/2006.
La renovación se realiza mediante un examen de cincuenta preguntas de tipo test.

3. ¿Es necesario algún certificado para los vehículos que transportan bultos?
Para el transporte de mercancías peligrosas en bultos que no sean de la clase 1 o 7 no es necesario ningún tipo de certificado de aprobación del vehículo ni ninguna revisión no incluida en las habituales de todos los vehículos a motor.
Si será necesario que el vehículo lleve consigo todos los medios de protección indicados en las instrucciones escritas así como los extintores y otros dispositivos que presecriba el ADR.

4. ¿En qué idioma debe ir la carta de porte si enviamos mercancía a Portugal?
La carta de porte de las expediciones con destino en Portugal o con origen en ese país puede ir de manare indistinta en castellano o en portugués.
Las instrucciones escritas deberán ir en el idioma que entienda el conductor.

5. ¿Puede un conductor u otra persona acompañar al conductor de una vehículo que transporta mercancías peligrosas?
Sí, siempre y cuando actue como ayudante en la operación de carga o descarga o en el transporte. Deberá poder demostrar la vinculación con la empresa (nómina, escrito, contrato,..) así como la operación para la que acompaña al conductor.
No tiene que porqué tener carnet ADR si no va a conducir el vehículo; pero sí debe haber sido formado sobre la forma de trabajar y operar con mercancías peligrosas.

6. ¿Quién es el responsable de la operación de descarga?
El responsable es destinatario de la mercancía con la excepción del transporte de gasóleo y gases destinados a ser usados como combustible para calefacción o agua caliente, independientemente de que este uso sea doméstico o dentro de una empresa.
En este caso es responsable de la descarga el transportista.