NOTICIAS ALARMA SANITARIA
Debido a la alarma santiria existente en ESPAÑA se han producido las siguientes modificaciones que afectan al transporte de mercancías peligrosas y no peligrosas por carretera 17/03/2020 | |
1.- Se suspenden los exámenes de consejeros de seguridad para transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril.
2.- Se ha publicado en el BOE que se exceptúan los tiempos de conducción y descanso de transporte de mercancías que transcurran total o parcialmente por las zonas de riesgo o por las zonas de transmisión comunitaria significativas, dentro del territorio español, que establezca el Ministerio de Sanidad en su página web:
https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCovChina/areas.htm
Estas exenciones serán de aplicación desde el día 10 de marzo mientras sigan teniendo tal consideración las zonas afectadas, con un máximo de treinta días.
3.- Se suspenden los plazos referentes a los informes anuales para el transporte de mercancías peligrosas:
Adicionalmente, la DG de Calidad y Seguridad Industrial del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo indica que la disposición adicional 3º del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, incluye también la suspensión de los plazos que imponga la administración a particulares para efectuar inspecciones. Por tanto, durante este periodo la obligación de pasar inspección queda suspendida, de forma excepcional.