Descarga de gasolina en cisterna directamente al depósito de un vehículo

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  • #410
    Gloria Villar
    Participante

    Buenas tardes

    El RD 97/2014 (modificado por RD 70/2019) dice que las mercancías peligrosas únicamente podrán descargarse desde equipos de transporte a granel o cisternas utilizando sistemas de descarga fijos, con 3 excepciones.
    La primera es que esta posibilidad se encuentre expresamente autorizada en la reglamentación sobre almacenamiento de productos inflamables o instalaciones petrolíferas.

    Considerando que un vehículo está autorizado a almacenar gasolina en su depósito, ¿Os parece viable que un camión cisterna se quede «aparcado» en un lugar adecuado y acondicionado, y que se utilice como «surtidor» de gasolina para aprovisionar a los vehículos?

    NOTA: Es una pregunta rara, ya que el contexto es complicado. Se trata de hacer ensayos con vehículos utilizando un combustible que aun no se dispensa en las gasolineras españolas.

    #412
    Diego Corral
    Participante

    Buenas tardes,

    Estás haciendo referencia al artículo 44 del RD 97/2014, por lo que es necesario comprobar la reglamentación sobre almacenamiento de productos químicos o de instalaciones petrolíferas sin hacer consideraciones fuera de lo establecido en la reglamentación.
    Por favor revisa el CAPÍTULO XII del Real Decreto 706/2017, de 7 de julio, por el que se aprueba la instrucción técnica complementaria MI-IP 04 «Instalaciones para suministro a vehículos» y se regulan determinados aspectos de la reglamentación de instalaciones petrolíferas.

    No obstante, también te recomiendo que revises detenidamente el párrafo 4. del artículo 37 del RD 97/2014.

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